Despacho de pan, pastelería, heladería
Apertura de despachos de pan y pastelerías-confiterías
ALos establecimientos dedicados a la venta de pan y confitería, pueden generar humos y olores debidos al horneado final de sus productos, por ello están sometidos a trámite de evaluación ambiental en Andalucía. No obstante la apertura de la actividad está regulada por el procedimiento abreviado de Calificación Ambiental por Declaración Responsable, para aquellos establecimientos con una superficie inferior a 750 m2.
Esta declaración es realizada por titular, acreditando que dispone de los certificados y documentación justificativos del análisis ambiental y del cumplimiento de aquella normativa que sea de aplicación. Los servicios técnicos realizarán un control posterior a la apertura.
Los establecimientos con una superficie mayor o igual a 750 m2, como pueden ser panaderías y obradores industriales, no podrán acogerse al procedimiento abreviado. Deberán solicitar la licencia de apertura para actividad calificada.
Ponte en contacto con nosotros, realizamos un estudio inicial y emitimos un informe preliminar sobre la viabilidad urbanística de tu negocio totalmente gratuito
Más información sobre el procedimiento y la documentación para la apertura de tu negocio
Algunos factores a considerar antes de la elección del local
Accesibilidad
Eliminación de barreras arquitectónicas. Se debe garantizar a las personas con movilidad reducida tanto el acceso desde el exterior, como la maniobrabilidad en el interior del local.
Aseos
Condiciones Higiénico Sanitarias y Técnicas mínimas
Recogidas en ordenanzas municipales y normativa europea.
Instalación eléctrica
Instalación eléctrica adecuada a pública concurrencia, si fuese de aplicación por la ocupación del local
¿Cómo podemos ayudarte?
Compatibilidad urbanística
Aunque se trate de una actividad clasificada desde el punto de vista medio ambiental, su uso sigue siendo comercial. Por lo tanto podrá instalarse en la mayor parte del territorio de tu municipio. Aquellos establecimientos que por su superficie y capacidad pasen de uso comercial a uso industrial, tendrán restricciones de implantación siendo normal su ubicación en polígonos industriales.
No obstante, para tu tranquilidad nosotros nos encargamos de verificarlo en el Plan General de Ordenación Urbana del municipio y/o consultar con el área de urbanismo de tu ayuntamiento, para cerciorarnos que el local es compatible con el uso.
Visita al local
Con la certeza de que se puede desarrollar actividad, pasamos a recopilar la documentación necesaria para el trámite. Un ingeniero de nuestro equipo visitará el establecimiento para realizar el levantamiento de planos y comprobar la adecuación del local a la actividad a implantar.
Redacción de documentación técnica y preparación del expediente.
Con la información recogida tras la visita al local, se procede a :
- Solicitud al titular de toda la documentación administrativa necesaria.
- Calculo de tasas y redacción de carta de pago.
- Redactar la memoria técnica y gráfica de la actividad (delineación de planos).
- Proponer las mejoras si fuesen necesarias
- Emitir los certificados pertinentes para el inicio de la actividad.
Tramitación
- Registro de toda la documentación necesaria para la Declaración Responsable
- Respuesta a posibles requerimientos de la administración municipal
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