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Discoteca

Licencia de apertura para Discoteca

Las discotecas se definen como establecimientos públicos dedicados a ofrecer al público asistente ocio o esparcimiento, mediante la consumición de bebidas y comida, baile en pistas y la reproducción de grabaciones musicales o música en directo . Los equipos de reproducción o amplificación sonora o audiovisual, el baile y las actuaciones en directo se desarrollarán en espacios cerrados y cubiertos.

Esta actividad queda recogida en el Epígrafe III.2.8 a) Establecimientos de esparcimiento, del Catálogo de Espectáculos públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Andalucía.

Son actividades que pueden producir molestias a las personas y afecciones al medio ambiente, por lo que están sometidas Calificación Ambiental en Andalucía. Su apertura se regula a través de Licencia de Apertura para actividad calificada. Para la obtención de la licencia será necesario presentar un Proyecto de Actividad visado, que será evaluado por la Administración Municipal antes de otorgar cualquier licencia.

La normativa se modifica frecuentemente y cada ayuntamiento puede variar, ligeramente, los procedimientos. Por ello, antes de iniciar cualquier trámite o adecuación es necesario valorar cada caso.

Ponte en contacto con nosotros, realizamos un estudio inicial y emitimos un informe preliminar sobre la viabilidad urbanística de tu negocio totalmente gratuito

Más información sobre el procedimiento y la documentación para la apertura de tu negocio

Algunos factores a considerar antes de la elección del local

Accesibilidad

Eliminación de barreras arquitectónicas. Se debe garantizar a las personas con movilidad reducida tanto el acceso desde el exterior, como la maniobrabilidad en el interior del local.

Aseos
Dotación de aseos privados y/o públicos que variará en función de los metros cuadrados del establecimiento, los requerimientos sectoriales de la actividad y el Plan General de Ordenación Urbana del municipio.
Condiciones Higiénico Sanitarias y Técnicas mínimas

Recogidas en ordenanzas municipales y normativa europea.

Aislamiento acústico

Aislamiento acústico del establecimiento

Instalación eléctrica

Instalación eléctrica adecuada a pública concurrencia.

¿Cómo podemos ayudarte?

Compatibilidad urbanística

Lo primero que debes plantearte es si tu actividad se puede implantar en el local o establecimiento escogido. Nosotros nos encargamos de verificarlo en el Plan General de Ordenación Urbana del municipio y/o consultar con el área de urbanismo de tu ayuntamiento, para cerciorarnos que el local es compatible con el uso.

Visita al local

Con la certeza de que se puede desarrollar actividad, pasamos a recopilar la documentación necesaria para el trámite. Un ingeniero de nuestro equipo visitará el establecimiento para realizar el levantamiento de planos y comprobar la adecuación del local a la actividad a implantar.

Redacción de documentación técnica y preparación del expediente.

Con la información recogida tras la visita al local, se procede a :

  • Solicitud al titular de toda la documentación administrativa necesaria.
  • Calculo de tasas y redacción de carta de pago.
  • Redactar la memoria técnica y gráfica de la actividad (delineación de planos).
  • Proponer las mejoras si fuesen necesarias
  • Emitir los certificados pertinentes para el inicio de la actividad.
Tramitación
  • Registro de toda la documentación necesaria para la Declaración Responsable de la actividad.
  • Respuesta a posibles requerimientos de la administración municipal

Consulta tus dudas

TE ASESORAMOS GRATUITAMENTE

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