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Lavandería

Apertura para lavandería y/o tintorería

Las actividades dedicadas a la limpieza en seco o húmedo; secado y planchado de ropa u otros textiles, están sometidas a trámite de evaluación ambiental en Andalucía, porque en su funcionamiento ordinario generan una serie de vertidos, residuos y emisiones. El régimen de autorización para el inicio de la actividad, dependerá de la superficie construida total del establecimiento

La normativa se modifica frecuentemente y cada ayuntamiento puede variar, ligeramente, los procedimientos. Por ello, antes de iniciar cualquier trámite o adecuación es necesario valorar cada caso.

Para una superficie total inferior a 750 m2, se podrá solicitar la apertura a través del procedimiento de Calificación Ambiental por Declaración Responsable

Para una superficie mayor o igual 750 m2, se deberá solicitar la Calificación Ambiental de la actividad. Este procedimiento se integrará en el expediente de Licencia de Apertura de actividad calificada

Ponte en contacto con nosotros, realizamos un estudio inicial y emitimos un informe preliminar sobre la viabilidad urbanística de tu negocio totalmente gratuito

Algunos factores a considerar antes de la elección del local

Accesibilidad

Eliminación de barreras arquitectónicas. Se debe garantizar a las personas con movilidad reducida tanto el acceso desde el exterior, como la maniobrabilidad en el interior del local.

Aseos
Dotación de aseos privados y/o públicos que variará en función de los metros cuadrados del establecimiento, los requerimientos sectoriales de la actividad y el Plan General de Ordenación Urbana del municipio.
Dependiendo de la potencia sonora

Dependiendo de la potencia sonora y vibraciones de los equipos, podría ser necesario implementar aislamiento acústico en ciertas zonas del establecimiento.

Si se van a realizar limpiezas en seco

Si se van a realizar limpiezas en seco, que el local disponga de salidas de humos para campanas de extracción.

¿Cómo podemos ayudarte?

Compatibilidad urbanística

Aunque se trate de una actividad clasificada desde el punto de vista medio ambiental, su uso sigue siendo comercial. Por lo tanto podrá instalarse en la mayor parte del territorio de tu municipio. Aquellos establecimientos que por su superficie y capacidad pasen de uso comercial a uso industrial, tendrán restricciones de implantación siendo normal su ubicación en polígonos industriales. 

No obstante, para tu tranquilidad nosotros nos encargamos de verificarlo en el Plan General de Ordenación Urbana del municipio y/o consultar con el área de urbanismo de tu ayuntamiento, para cerciorarnos que el local es compatible con el uso.

Visita al local

Con la certeza de que se puede desarrollar actividad, pasamos a recopilar la documentación necesaria para el trámite. Un ingeniero de nuestro equipo visitará el establecimiento para realizar el levantamiento de planos y comprobar la adecuación del local a la actividad a implantar.

Redacción de documentación técnica y preparación del expediente.

Con la información recogida tras la visita al local, se procede a :

  • Solicitud al titular de toda la documentación administrativa necesaria.
  • Calculo de tasas y redacción de carta de pago.
  • Redactar la memoria técnica y gráfica de la actividad (delineación de planos).
  • Proponer las mejoras si fuesen necesarias
  • Emitir los certificados pertinentes para el inicio de la actividad.
Tramitación
  • Registro de toda la documentación necesaria para la Declaración Responsable o Licencia de Apertura, según el caso.
  • Respuesta a posibles requerimientos de la administración municipal

La tramitación de apertura de actividades sometidas a evaluación ambiental, exige que se justifiquen las afecciones que la actividad pudiera producir al medio ambiente o la salud humana. Por eso nuestra recomendación es que te asesores por un equipo técnico experimentado, que no dilate el procedimiento.

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