Panadería u Obradores
Licencia de apertura para panaderías u obradores de confitería y pastelería
Antes de entrar en materia, es importante hacer una distinción entre los despachos de pan, considerados usos comerciales, y los obradores. Es habitual la instalación de obradores y pastelerías artesanales en locales comerciales, pero su autorización depende de las Ordenanzas y el Plan General de Ordenación Urbana del Municipio. Normalmente suelen considerarse actividades industriales de categoría 1 o artesanales, lo que les permite implantarse en zonas residenciales hasta una determinada superficie de local.
Son actividades que pueden producir molestias a las personas por ruido o vibraciones de la maquinaria y emisiones de humos u olores procedentes de los hornos, por lo que están sometidas Calificación Ambiental en Andalucía. Su apertura se regula a través de Licencia de Apertura para actividad calificada. Para la obtención de la licencia será necesario presentar un Proyecto de Actividad visado, que será evaluado por la Administración Municipal antes de otorgar cualquier licencia
Ponte en contacto con nosotros, realizamos un estudio inicial y emitimos un informe preliminar sobre la viabilidad urbanística de tu negocio totalmente gratuito
Más información sobre el procedimiento y la documentación para la apertura de tu negocio
Algunos factores a considerar antes de la elección del local
A la hora de adecuar un establecimiento industrial
La mayor inversión recae en los sistemas de protección contra incendios y la protección pasiva de la estructura mecánica. Por eso, es vital que antes de arrendar una nave se estime la inversión necesaria y quién asume el coste
Accesibilidad
Para la zona de oficinas abiertas al público, se debe garantizar a las personas con movilidad reducida tanto el acceso desde el exterior, como la maniobrabilidad en el interior de la oficina.
Conducto de evacuación
Conducto de evacuación de humos a cubierta.
Aseos
Dotación de aseos privados y vestuarios trabajadores.
Condiciones Higiénico Sanitarias y Técnicas mínimas
Recogidas en ordenanzas municipales y normativa europea.
¿Cómo podemos ayudarte?
Compatibilidad urbanística
Lo primero que debes plantearte es si tu actividad se puede implantar en el local o establecimiento escogido. Nosotros nos encargamos de verificarlo en el Plan General de Ordenación Urbana del municipio y/o consultar con el área de urbanismo de tu ayuntamiento, para cerciorarnos que el local es compatible con el uso.
Visita al local
Con la certeza de que se puede desarrollar actividad, pasamos a recopilar la documentación necesaria para el trámite. Un ingeniero de nuestro equipo visitará el establecimiento para realizar el levantamiento de planos y comprobar la adecuación del local a la actividad a implantar.
Redacción de documentación técnica y preparación del expediente.
Con la información recogida tras la visita al local, se procede a :
- Solicitud al titular de toda la documentación administrativa necesaria.
- Calculo de tasas y redacción de carta de pago.
- Redactar la memoria técnica y gráfica de la actividad (delineación de planos).
- Proponer las mejoras si fuesen necesarias
- Emitir los certificados pertinentes para el inicio de la actividad.
Tramitación
- Registro de toda la documentación necesaria para la Declaración Responsable de la actividad.
- Respuesta a posibles requerimientos de la administración municipal
La tramitación de la Declaración Responsable es un proceso simple, pero nada sencillo si no se ha hecho con anterioridad. Por eso nuestra recomendación es que te asesores por un equipo técnico experimentado, para que no se dilate el procedimiento.
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